En el marco de la décimo novena sesión del Concejo
Deliberante de la capital, los Concejales aprobaron la Ordenanza Nº 6321/12,
referido a establecer con carácter excepcional, un Régimen Especial, Optativo y
Temporario de Regulación de Deudas por Faltas y Contravenciones Municipales para
obligaciones no tributarias, por faltas Municipales.
El proyecto fue impulsado por el Presidente de la Institución , Carlos
Sadir, quien manifestó estas consideraciones: “Este régimen está concebido como
un Plan de Facilidades de Pagos para los vecinos, donde se efectuará un retiro
de intereses de las multas que se tramitan a través del Juzgado de Faltas; tanto
para las deudas que se encuentran en la faz administrativa como para aquellas
que estén con sentencia.
Dicho régimen es de carácter excepcional – afirmó el
legislador - la idea es que se pueda aplicar durante los meses de Octubre,
Noviembre y Diciembre, permitiendo a los vecinos ponerse al día con los pagos en
materia de multas: Es de destacar que hay descuentos para los vecinos que se
presenten durante los primeros 30 y 60 días del periodo establecido” puntualizó
Sadir.
La normativa propone regularizar todas las faltas y
contravenciones Municipales cometidas hasta el 31 de Marzo de 2012 y aquellas
obligaciones que se encuentren en curso de discusión administrativa,
extrajudicial y judicial a la fecha de la sanción de la norma.
El plazo que tendrán los contribuyentes deudores para
acceder a este beneficio será a partir de los 3 meses luego de su promulgación.
Los infractores deberán abonar sus obligaciones de contado, pudiendo gozar de algunos
beneficios importantes durante el primer mes de vigencia de la Ordenanza porque
se estableció un 70% de reducción del monto mínimo previsto para las Causas en
Trámite, aquellas con Sentencia y las que se encuentran en vía de Apremio
tendrán una disminución del 70% del capital reclamado y condenación total de
intereses.
Para el segundo mes de vigencia, se realizará una
reducción del 60% y para el tercer mes de vigencia esta previsto un 50%. Se
podrá hacer efectivo el pago mediante cuotas, iguales y consecutivas teniendo
en cuenta que las deudas hasta $10.000
se podrán efectuar hasta en 12 cuotas, las deudas de $50.000 inclusive
se podrán realizar hasta en 18 cuotas, aquellas de hasta $100.000 podrán ser
dispuestas hasta en 24 cuotas, las deudas superiores a $100.000 podrían
extenderse.-
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