En el marco de la octava sesión ordinaria, el Concejo Deliberante de la
Capital aprobó la Ordenanza Nº 6871/16 que modifica artículos de la Ordenanza
Nº 6666/04, referente al Código Municipal de Faltas.
En la oportunidad, el concejal Lisandro Aguiar, Presidente
del Cuerpo Parlamentario comunal destacó que “hoy en la sesión se trataron
dos temas de extrema relevancia, puntualmente la modificación del Código de
Faltas y se ha analizado diversos aspectos técnicos de la normativa vigente,
esto se da aproximadamente luego de dos años y en base a diversos informes del
Juzgado de Faltas de la Procuración Municipal y de la Secretaria de Gobierno,
se ha propuesto una serie de modificaciones a algunos articulados, incluso el
que ha dado más debate fue al referido a la multa en conducir en estado de
intoxicación de bebidas alcohólicas y otros tipos de sustancias, que es una
multa que va de 9 mil a 90 mil, es una multa
severa”.
El tema tuvo despacho de comisión
favorable con la firma de 9 concejales y fueron varios los artículos
modificados por los Concejales de los diferentes bloques políticos en la
presenta norma. A tal efecto, en el transcurso de la semana pasada el actual
Secretario de Gobierno Municipal, Dr. Gastón Millón, uno de los autores del
proyecto cuando era Juez de Faltas, aclaró cada artículo a modificar; en este
contexto, durante la sesión el tema deparó el pedido de un cuarto intermedio
para consensuar el artículo 18 de la norma y que el concejal Federico Noro se
abstuviera de sancionar el artículo 6.
Entre algunos de los artículos modificados la normativa quedó redactado
de la siguiente manera:
Artículo 18: Modificase el artículo 140 de la ordenanza 6666/14, el
que quedará redactado de la siguiente manera: Conductor Intoxicado: el que
condujera en estado de intoxicación por alcohol o cualquier otra sustancia será
sancionado con multa de 500 UF (Unidad Fija) a 5.000 UF, más la sanción
accesoria de inhabilitación de un año para conducir. En caso de vehículos de
transporte de pasajeros o carga, que se encuentre prestando servicio, los
montos se duplicarán.
En el transcurso de la sesión
también se aprobó el despacho de la comisión de Transporte, Ordenanza Nº
6872/16, prohibiendo el estacionamiento en la zona denominada Casco Histórico
de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.
En este sentido, se prohibió el
estacionamiento en calle Sarmiento (en toda su extensión) calle Belgrano (entre
Gorriti y Necochea), calle Gorriti (en toda su extensión), calle San Martín
(entre Sarmiento y Gorriti), calle Independencia (entre Gorriti y Sarmiento) y
calle Otero (entre Independencia y Avenida 19 de Abril).
La legislación establece en uno
de sus artículos que los Ómnibus y Micro-Ómnibus afectados se servicios
turísticos, únicamente podrán transitar por el sector mencionado, al solo
efecto de trasladarse hasta los hoteles y realizar City Tours, donde podrán
detenerse para el ascenso y/o descenso de los pasajeros por el término de 20
minutos y luego estacionar en vehículo fuera de la zona delimitada.
También, que podrán estacionar
con la debida autorización y conocimiento de las autoridades municipales, a
efectos de tomar los recaudos necesarios, por razones exclusivas, aquellos
transportes de carga o descargas de equipos o instalaciones pesadas para
comercio o similares, que deban maniobrar dentro del radio de prohibición.
En este sentido, el edil Aguiar
comentó que “se sancionó una Ordenanza con la prohibición de estacionamiento en
el casco histórico que está siendo remozado en estos momentos en la ciudad de
San Salvador de Jujuy, también notamos que algunos inescrupulosos estacionan en
sectores que incluso no están habilitados o en sectores que están demarcados o está
prohibido el paso a vehicular. Es importante que el Intendente Jorge promulgue
esta ordenanza, que los que estacionen en este sector del casco histórico y
turístico van a tener una multa bastante importante”.
Respecto al “cambio” en el transporte de pasajeros
“El Ejecutivo ha remitido ciertas
ordenes de servicios a los distintos prestatarios de transporte urbano de
pasajeros, intimándolo del cumplimiento de las obligaciones vigentes y
particularmente a lo que se refiere a la entrega del cambio, es fundamentalmente
tenerlo en cuenta y ante cualquier situación que sufra algún vecino puede
presentarse en el edificio 9 de Julio (ex 4 de Junio) de la Municipalidad a fin
de radicar su denuncia. Las ordenes de servicios han sido remitida, para que
los prestatarios se hagan del cambio necesario para prestar el servicio que es
vital para la ciudadanía”, sostuvo Lisandro Aguiar.
Proyectos Presentados
En la sesión tomó estado
parlamentario un proyecto de Ordenanza impulsado por el concejal José Luis Bejarano, referente a establecer en el ámbito de
la ciudad que todas las estaciones de servicios que provean de gas natural
comprimido (GNC), la obligatoriedad de disponer de una silla de ruedas para el
uso de las personas con movilidad reducida de deban descender de su vehículo, tal
como lo disponen las normas de seguridad. El proyecto fue enviado a la comisión
de Obras y Servicios Públicos para su correspondiente análisis.
Del mismo modo, también ingresó
el proyecto de Ordenanza impulsado por los Concejales
Radicales referente a la adhesión del Municipio a la Ley Provincial Nº 5935
“Ley de Nocturnidad y Regulación de Bebidas Alcohólicas”. En este sentido,
también el bloque radical presentó el proyecto de Ordenanza referente a
establecer la obligatoriedad de los propietarios de locales bailables, boliches
y pubs del ejido municipal; de proyectar videos de concientización de
diferentes campañas en las pantallas gigantes dentro del horario de
funcionamiento. Ambos proyectos fueron girados a la comisión de Concejo en
Concejo para su correspondiente análisis.-
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