jueves, 25 de julio de 2013

CONCEJALES APROBARON UN RÉGIMEN DE PROMOCIÓN PARA FOLCLORE Y TANGO EN EL ÁMBITO CAPITALINO


En el marco de la décima Sesión Ordinaria, los Ediles capitalinos aprobaron la   Ordenanza Nº 6502/2013 de adhesión por parte de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, a la Ley Nacional Nº 24584 (Ley de Tango) en todo sus términos y a su Decreto Reglamentario Nº 627 en sus partes pertinentes para el denominado folclore nacional y regional, en todas sus manifestaciones.

En su articulado, la normativa establece la creación de un “Régimen de Promoción para el Folclore y el Tango” en el ámbito capitalino que tiene por objeto promover y estimular las actividades relacionadas con la difusión del folclore y el tango desplegada por artistas jujeños, por su contribución al afianzamiento de la cultura local y nacional.

Dicha norma se viene analizando desde hace tiempo con los representantes del folclore y el tango de nuestro medio, “escuchamos las inquietudes y propuestas de bailarines, profesores y músicos de nuestro medio. Recibimos el Anteproyecto de Promoción para el Folclore y Tango elaborado con los aportes de alumnos, profesores y organizadores de espectáculos artísticos locales”, estimó en una reunión previa, Carlos Sadir, presidente del Parlamento comunal.

La Ordenanza aprobada establece la difusión de las actividades realizadas por quienes se adhieran al mencionado Régimen. Asimismo prevé su implementación en la educación formal obligatoria del folclore y el tango en las Instituciones Educativas Municipales existentes y para las que se creen en el futuro, incluyendo a las instituciones intermedias dependientes de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, tales como Centros de Participación Vecinal. Esta enseñanza tendrá por objetivo la formación de ciudadanos fuertemente identificados con las tradiciones  y valores culturales, populares, regionales y nacionales.

Asimismo, instituye que todos los interesados en adherirse al Régimen de Promoción del Folclore y el Tango deberán cumplir una serie de requisitos, entre los cuales se encuentra la obligación de haber realizado una actividad benéfica o gratuita en instituciones públicas o privadas en el año aniversario anterior al pedido de adhesión.

Otra de las disposiciones de la presente normativa, fija que el Régimen de Promoción sería beneficiado con la exención impositiva de la Tasa que incide sobre los Espectáculos Públicos y Diversiones, más el Canon por Publicidad y Propaganda Comercial.

En la necesidad de institucionalizar esta actividad artística vernácula, en particular, relacionada con el  folclore y el tango, la aprobación de esta norma significa un avance en la difusión de las manifestaciones artísticas locales, además de la creación de un nuevo elemento para la atracción turística.-

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