miércoles, 25 de noviembre de 2009

PROPONEN LA CREACIÓN DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER


En el ámbito de la ciudad de San Salvador de Jujuy

Fue presentado en el Concejo Deliberante capitalino un proyecto de ordenanza en donde se solicita la creación del Consejo Municipal de la Mujer para todo el ámbito de la ciudad de San Salvador de Jujuy. El mismo será el órgano de consulta, participación y seguimiento de la gestión municipal para todas aquellas acciones que incidan en la promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

El Consejo, que se propone como un espacio de expresión y participación sobre temas específicos relacionados con el género femenino, es de autoría de la Edil Alejandra Cejas del Bloque Justicialista. Actualmente, este proyecto tomó estado Parlamentario y se encuentra para su estudio en el seno del Concejo en Comisión de este Cuerpo Deliberativo.

La norma establece que este Consejo Municipal de la Mujer tendrá como objetivo generar un espacio de carácter consultivo y participativo, de carácter no vinculante, que tendrá como premisa el pluralismo, la horizontalidad y la participación democrática descentralizada y sin sometimientos a estructuras jerárquicas. Se organizará en Plenarios y Comisiones temáticas.

De este modo tendrá las siguientes funciones:

a) Asesorar al Departamento Ejecutivo y Concejo Deliberante, acerca de la implementación de políticas públicas que propicien la mejor calidad de vida de las mujeres;
b) Proponer anualmente proyectos, planes, programas y acciones a desarrollar por el Municipio de la Ciudad de San Salvador de Jujuy;
c) Promover la toma de conciencia social sobre la Igualdad de Oportunidades entre varones y mujeres;
d) Difundir y promover las acciones positivas para el género, conforme las actividades desarrolladas y propuestas por los organismos internacionales y/o nacionales;
e) Participar del accionar de las Organizaciones Sociales de la Comunidad, vinculas a la Perspectiva de Género y/o vinculadas a problemáticas asociadas a las mujeres;
f) Promover la realización de Convenios entre el Municipio y otros organismos públicos, que favorezcan la aplicación de los distintos regímenes legislativos existentes, relacionados con la Perspectiva de Género;
g) Promover el espacio del Consejo de las Mujeres, como un lugar de referencia, promoviendo el ejercicio de una ciudadanía plena, desde una perspectiva de género, promoviendo la participación activa y toma de decisiones de sus miembros;
h) Generar espacios de capacitación permanente que posibiliten el mayor acceso a la información.
i) Monitorear la inclusión de la Perspectiva de Género en los programas a implementarse en el Municipio de la Ciudad de San Salvador de Jujuy;

En cuanto a su constitución estará integrado por las Asociaciones de Mujeres debidamente constituidas, organizaciones e instituciones locales, que perteneciendo a la Ciudad de San Salvador de Jujuy, estén interesadas en la problemática de género, sin discriminación de etnia, elección sexual, edad, religión, ideología política u otra y que estén involucradas directa o indirectamente en la materia de igualdad y promoción de la mujer.

Además, las integrantes permanentes serán todas las concejales electas que formen parte del Concejo Deliberante y las funcionarias del DEM, con rango de Secretaría; la que será coordinada de forma anual y rotativa por una Concejal electa por simple mayoría, quien Coordinará las actividades del Consejo.

La Coordinadora será la representante ante el Consejo Provincial de la Mujer, creado por Decreto N° 3764/09 del Poder Ejecutivo Provincial.

Las integrantes del Consejo de las Mujeres, revestirán en carácter de honorarias, no percibiendo retribución alguna por su participación.

Una vez constituido este Consejo será el encargado de elaborar su propio reglamento interno, al que ajustarán sus funciones, contribuyendo a un funcionamiento eficiente y democrático.

En tanto, el Departamento Ejecutivo procederá a arbitrar los mecanismos necesarios para garantizar todas aquellas medidas y recursos para el funcionamiento del mismo.
Los gastos que demande la presente Ordenanza serán imputados a la partida correspondiente a la Intendencia incluido en el Presupuesto General de Gastos y Recursos del año en curso.

En referencia a esta iniciativa Cejas expresó ”la ciudad de San Salvador de Jujuy no cuenta con un Plan de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres como otros municipios del país, no puede perderse de vista como objetivo estratégico el hecho de fomentar la presencia de la mujer en posiciones relevantes de la toma de decisiones y entre sus medidas, organizar órganos de participación y consulta de carácter decisorio en lo referentes a las políticas y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades; esto deviene de la real situación de las mujeres en nuestra sociedad que plantea graves contradicciones ya que aún existiendo una igualdad de derecho basada en la Constitución, las desigualdades de hecho por razón del sexo son sistemáticas, es necesaria la acción de los poderes públicos para que sean efectivos”.

Entre los antecedentes normativos, encontramos en la Constitución Nacional, luego de la reforma del año 1994. Por otro lado nuestro país, se comprometió en el ámbito de la “IV Conferencia Mundial sobre la Mujer” realizada en Pekín en el año 1995 a garantizar que todas las políticas gubernamentales reflejen una perspectiva de género y, además, el Congreso Nacional, sancionó leyes que ponen en vigencia convenciones internacionales de la materia en el país.

La frondosa legislación existente y el trabajo de divulgación e implementación de las políticas realizadas por el Consejo Nacional de la Mujer, insertó en la estructura del Poder Ejecutivo Nacional en el más alto nivel de decisión y por la Dirección de la Mujer, inserto en la Estructura del Poder Ejecutivo Nacional.-

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